Introducción
Los Derechos Humanos son, de acuerdo con diversas filosofías jurídicas, aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos[] que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna. Son independientes de factores particulares como el estatus, sexo, etnia o nacionalidad; y son independientes o no dependen exclusivamente del ordenamiento jurídico vigente.
Las Naciones Unidas tienen el compromiso de apoyar, fomentar y proteger los Derechos Humanos de todas las personas. Este compromiso tiene su origen en la Carta de las Naciones Unidas, que reafirma la fe de los pueblos del mundo en los derechos humanos fundamentales en la dignidad y el valor de la persona humana.
En la Declaración Universal de los Derechos Humanos, las Naciones Unidas han expuesto en términos claros y sencillos los derechos que tienen todos los seres humanos en condiciones de igualdad.
La ONU ha elaborado diversos métodos para investigar los abusos de los Derechos Humanos, así como para ejercer presión para corregir dichos abusos. La Comisión de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos ordena investigaciones por medio de mecanismos extraconvencionales tales como los grupos de trabajo y los relatores especiales, quienes se mantienen en contacto con grupos nacionales y autoridades gubernamentales, realizan visitas en el terreno cuando los gobiernos lo permiten y hacen recomendaciones acerca de cómo fortalecer el respeto de los Derechos Humanos. De acuerdo a sus conclusiones, la Comisión le pedirá al Gobierno en cuestión que efectúe los cambios necesarios para llegar a tal fin.
En materia de protección de los Derechos Humanos, podemos afirmar que el principal instrumento internacional es la «Declaración Universal de los Derechos Humanos», adoptada el 10 de diciembre de 1948 en la Comisión de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Sin embargo, este no tenía carácter vinculante, por lo que se establecieron el «Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos» y el «Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales», establecidos el 16 de diciembre de 1966. Ambos Pactos abordan de forma más amplia los derechos enumerados en la Declaración y tienen como característica su carácter vinculante que lleva más lejos la Declaración Universal. La mayoría de los países del mundo son partes en los dos pactos, lo que hace posible supervisar sus prácticas en materia de Derechos Humanos.
Además de la Declaración, los Pactos y sus Protocolos que forman la «Carta Internacional de Derechos Humanos«, existen a nivel internacional más de 80 Convenios y Declaraciones que abarcan de más específicas acerca de estos derechos.
La República Dominicana, se ha adherido y ratificado varios Tratados y Convenciones Internacionales tendentes a proteger, conservar y promocionar los Derechos Humanos de todos. Igualmente en nuestro andamiaje jurídico se pueden exhibir numerosas normas e instrumentos legales relativos a la protección de los Derechos Humanos.