Derecho Procesal Interamericano de los Derechos Humanos

Protección Nacional e Internacional de los Derechos Humanos
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Introducción

Es importante aclarar,  antes de iniciar este estudio, que la Carta de las Naciones Unidas trata en su Capítulo XIV lo relativo a la Corte Internacional de Justicia. La sección tercera del Capítulo VIII de la Convención Americana de los Derechos Humanos se titula “Procedimiento” refiriéndose a la Corte Interamericana de los Derechos Humanos.

A lo largo de los años los Estados Americanos, en ejercicio de su soberanía, han adoptado una serie de Instrumentos Internacionales que se han convertido en la base de un sistema regional de promoción y protección de los Derechos Humanos. Dicho sistema normativa reconoce y define estos derechos, establece obligaciones tendientes a su promoción y protección, y crea órganos destinados a velar por su observancia.

En 1948, en Bogotá se celebró la IX Conferencia Interamericana, en el marco de la cual se aprobó la Carta de la Organización de los Estados Americanos y la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. Asimismo, se propuso la creación de un Tribunal Internacional que garantizara la protección de los Derechos Humanos, proyecto que se le encomendó al Comité Jurídico Interamericano.

Este Sistema Interamericano de Promoción y Protección de Derechos fundamentales se inició formalmente con la aprobación de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre en la Novena Conferencia Internacional Americana, en el marco de la cual se adoptó la propia Carta de la OEA que proclama los “Derechos fundamentales de la persona humana” como uno de los principios en que se funda la Organización.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos se instituyó en 1969 como parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, entrando en vigor el 18 de julio de 1978, debido a que en ese momento se reunió el número de países establecido por el instrumento para el inicio de su vigencia y falló su primer caso en 1988. Desde ese momento, se produjo el proceso de establecimiento de una estructura judicial que tiene como misión principal, hacer eficaces los Derechos Humanos en el continente.

En junio de 2001, entró en vigor un nuevo reglamento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Éste, el cuarto instrumento procesal de la Corte, introduce la Institución de la legitimación activa de las víctimas quienes pueden ahora actuar sin la mediación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, de manera que se perfila de una manera más clara las diferentes posiciones de las partes en la fase jurisdiccional internacional del Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos.